A través de la Resolución 600/2024 publicada en el Boletín Oficial del miércoles 20 de noviembre 2024, la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) revoca la autorización para operar en seguros oportunamente conferida a TPC Compañía de Seguros S.A., CUIT N° 30-70801747-3, en los términos de los artículos 58 inciso d) de la Ley N° 20.091 y 164 del Código Civil y Comercial de la Nación.

En su Artículo 2°, prohíbe a TPC Compañía de Seguros S.A. realizar actos de administración respecto de sus Disponibilidades, a cuyos fines dispone la Inhibición General de Bienes para alcanzar la totalidad de sus cuentas bancarias incluyendo las cuentas corrientes, haciéndole saber que no podrá mantener en el rubro Caja importe superior al Fondo Fijo que a la fecha haya aprobado, por lo que cualquier saldo que lo exceda debe ser ingresado en cuenta bancaria a su nombre, dentro de las 24 horas hábiles.

Por otra parte, hace saber a los miembros de los Órganos de Administración y Fiscalización de TPC que la revocación de la autorización para operar implica su disolución automática -en los términos del artículo 163 inciso j) del Código Civil y Comercial de la Nación- y su inmediata liquidación forzosa, conforme los artículos 49, 51 y 52 de la Ley N° 20.091, 167 del Código Civil y Comercial de la Nación y 101 de la Ley N° 19.550, debiendo abstenerse de celebrar actos de disposición de sus bienes como también los de administración que se le prohíben, hasta tanto la SSN asuma su liquidación conforme lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley N° 20.091, bajo apercibimiento de incurrir en las responsabilidades que pueda caberle según las normas penales y las que corresponden a su régimen societario.

Asimismo, rechaza por inconducente, improcedente y dilatoria la prueba testimonial ofrecida por TPC Compañía de Seguros S.A.

La Resolución 600/2024 es recurrible en los términos de los artículos 83 y 86 de la Ley Nº 20.091, en cuyo caso, se deja expresa constancia que el eventual recurso de apelación deberá presentarse a través de la modalidad TAD (Trámites a Distancia).

Texto completo Resolución 600/2024