En Argentina, 1 de cada 4 médicos en el transcurso de su vida laboral recibió alguna demanda por mala praxis. Y por año, se inician demandas por 1.000 millones de pesos contra las obras sociales, los seguros y el Estado. Los juicios por responsabilidad profesional aumentaron en promedio 20% en los últimos 5 años. Actualmente, el tema de mala praxis en cirugías plásticas se encuentra en el ojo de la tormenta debido a recientes casos de público conocimiento. Esta nota indaga sobre sus causas y también sobre los fallos de la justicia al respecto.
Escribe Dra. Gabriela Álvarez

Los hechos que se fueron sucediendo en estos últimos tiempos con relación al fallecimiento de figuras públicas como Silvina Luna o Mariano Caprarola, que supuestamente estarían vinculados a procedimientos de cirugías estéticas tendientes a mejorar partes de su cuerpo, ha puesto nuevamente en agenda un tema tan controversial y relevante como lo es la responsabilidad surgida de actos derivados de la actuación de los profesionales de la salud.

El día 31 de agosto, a sus 43 años, la actriz Silvina Luna falleció en el Hospital Italiano como consecuencia de una insuficiencia renal, luego de años de sufrimiento, que estaría relacionada a una cirugía plástica realizada en sus glúteos por un médico de alcance mediático, ocurrida unos diez años atrás, al inyectar en su cuerpo una sustancia denominada metacrilato. Una situación similar ocurrió con el panelista Mariano Caprarola quien meses atrás falleció debido a serios problemas a nivel renal, los que terminaron provocando su deceso. En Febrero de 2022, este médico fue condenado a 4 años de prisión y 5 de inhabilitación profesional en una demanda iniciada por varios de sus pacientes, quienes lo acusan de ser el responsable de las lesiones graves producidas en sus cuerpos.

Estas noticias del fallecimiento de figuras reconocidas en el mundo del espectáculo que estarían relacionadas a cirugías estéticas realizadas por el mismo profesional, quien además tiene vigentes varios reclamos por intervenciones realizadas a otras figuras de ese ambiente, tuvo una gran cobertura por parte de los medios periodísticos, posicionando de esa manera el tema de la mala praxis médica en la agenda actual.
Pero lo cierto es que eventos como estos ocurren con gran frecuencia, aunque no tomen la relevancia pública que lo hicieron éstos, por no tratarse de personas conocidas del medio. Actualmente, las cirugías plásticas se han convertido en moneda corriente para aquellas personas que desean mejorar la apariencia de determinadas partes de su cuerpo o bien restaurar su aspecto anterior en el caso de accidentes o quemaduras. Si bien en la mayoría de los casos estas intervenciones resultan ser exitosas, brindando resultados satisfactorios para quienes se someten a ellas, no debemos olvidarnos que se trata de una operación, donde siempre existe un riesgo no sólo al momento de practicarla, sino también en cuanto a la reacción de cada organismo a los materiales utilizados o colocados como relleno, e incluso no todos los postoperatorios se cursan de la misma manera. Ello sin mencionar, la posibilidad de una mala praxis médica, caracterizada por la negligencia del profesional médico que llevó a cabo la intervención.

 

Causas

Dentro de las principales causas de la mala praxis médica en lo relativo a cirugías plásticas, podemos destacar las siguientes:
• Someterse a una intervención con cirujanos que no son específicamente cirujanos plásticos que realicen ese tipo de intervenciones.
• Exceder el alcance del consentimiento del paciente, realizando procedimientos no autorizados, o bien no informar en su totalidad las posibles consecuencias que puede acarrear la realización de cada cirugía estética, lo que le permite al paciente decidir con la visión completa si desea o no correr ese riesgo.
• Realizar una evaluación incompleta o errónea de los antecedentes clínicos de un paciente.
• Realizar una intervención en el lugar donde no fue autorizada expresamente por el paciente.
• Llevar a cabo operaciones de cirugía plástica en lugares no destinados para tal fin o sin el equipamiento necesario ante cualquier eventualidad.
• Ahorrar costos en el personal utilizado, realizando prácticas en manos de asistentes que no están capacitados para tal fin.

Los resultados prometidos. ¿Obligación de medios o de resultados?

Mucho se ha discutido respecto de si la obligación de un médico es una obligación de medios o de resultados, es decir, cuando éste acepta realizar una intervención quirúrgica, ¿se compromete a realizarla con la debida diligencia o en verdad lo que promete es un resultado específico que, de no obtenerse tal como se esperaba, daría lugar a la posibilidad de tener que indemnizar al paciente?
Esta discusión se genera mucho más cuando hablamos de cirugías estéticas, por tratarse de un proceso voluntario por parte del paciente, que decide someterse a él con el único objetivo de obtener un resultado de mejora en determinado lugar de su cuerpo que lo haga sentirse o verse mejor.
En rasgos generales, la jurisprudencia ha decidido considerar que la obligación del médico o cirujano es una obligación de medios y no de resultados, atento que la medicina no se trata de una ciencia exacta y a veces en el transcurso del tratamiento -o mismo de la intervención- pueden surgir cuestiones ajenas al médico, propias del paciente, que provocan que la intervención no dé los resultados esperados. Sólo se le exige al médico que actúe en forma razonable, con la debida negligencia que su profesión le indica. No obstante ello, en los casos de cirugías estéticas se agrava la responsabilidad del profesional, por tratarse de procedimientos voluntarios a los que el paciente se somete teniendo en cuenta los resultados de la misma.
Ello conlleva a que, en caso de un paciente iniciar un reclamo contra un médico por mala praxis profesional, tenga que probar no sólo el daño sufrido, sino también el mal accionar del galeno, o que la conducta del cirujano no estuvo dentro del estándar de un cirujano plástico razonablemente prudente estando bajo circunstancias iguales o parecidas.

Como un ejemplo de la forma en la cual la jurisprudencia considera el tema, podemos citar un fallo relativamente reciente del año 2022, caratulado O. D. K. c/ S. G. E. y otros s/ daños y perjuicios, donde la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil de la Sala C consideró que:

Se admite una demanda de mala praxis, pues, si bien la cirugía estética se llevó a cabo de acuerdo a las reglas del arte de curar, el médico demandado no le informó adecuadamente a la paciente acerca de los riesgos de la operación y las cicatrices que podrían quedarle.
1. Corresponde admitir la demanda de mala praxis, pues, el emplazado omitió resguardar un elemental derecho fundamental de todo paciente, es decir, la debida información sobre la práctica médica a la que se estaba sometiendo la actora, en el sentido de que no fue debidamente informada sobre las posibles consecuencias del acto, como ser, las complicaciones y cicatriz que todo proceso de lipoaspiración y dermolipectomía abdominal deja en la paciente, siendo entonces claramente insuficiente el consentimiento otorgado.
2. Resulta importante informar la existencia, ubicación y tamaño de las cicatrices, ya que algunas personas rechazan la cirugía sorprendidos por la magnitud de la cicatriz necesaria para su corrección.
3. En el caso de las cirugías puramente cosméticas, la jurisprudencia y doctrina exige apreciar con mayor severidad la conducta del profesional dada la naturaleza y finalidad que dan origen a estas intervenciones -no están motivadas por una patología- y además teniendo en cuenta la ausencia en general de grandes riesgos; sin embargo, no obstante el mayor rigor apuntado, ello no ha de implicar mutar la naturaleza de la obligación de modo que carga sobre la parte actora probar la culpa del profesional y sobre éste la de acreditar su obrar diligente, pues a falta de culpa no tendrá nacimiento la responsabilidad galénica.
4. Debe admitirse la indemnización del daño moral, ya que la presunción de malestar ocasionado por todo lo acontecido por la accionante y el daño estético que porta, en el caso, resulta nítida si se tiene en cuenta que se afectaron intereses ligados a la dignidad de la persona humana.

Fallo:
«En la Ciudad de Buenos Aires, capital de la República Argentina, a los 9 días del mes de marzo de 2022, reunidos en Acuerdo los Sres. Jueces de la Sala ‘C’ de la Cámara Civil, para conocer de los recursos interpuestos en autos ‘O. DEBORA K. C/S. G. E. Y O. S/DAÑOS Y PERJUICIOS’, respecto de la sentencia dictada con fecha 7 de junio de 2021, el Tribunal estableció la siguiente cuestión a resolver:
2. La obligación asumida por el cirujano plástico es de medios y no de resultado, por cuanto, al igual que en toda prestación médica, el profesional no puede tener plena seguridad de éxito en la aplicación de su técnica, desde que no todas las reacciones del organismo son controlables por ella.
3. No hay diversidad de naturaleza entre la obligación del cirujano común y la de quien practica cirugía estética, sino diversidad de criterio para apreciar con mayor severidad la culpa del médico. 4. Si un cirujano plástico y un paciente disconforme con los resultados de la cirugía estética practicada por aquél suscribieron un acuerdo conciliatorio extrajudicial por el cual el primero se comprometió a cubrir los gastos derivados de una nueva intervención a realizarse con otro profesional, ante el incumplimiento de dicho convenio por parte del aludido cirujano, el objeto del litigio debe ser el reclamo de los gastos de la nueva intervención, bajo la potestad comisoria prevista en el art. 1204 del Código Civil, y no los daños y perjuicios derivados de la mala praxis médica».

Mala praxis médica y seguros

La realidad de nuestro país indica que son pocas las aseguradoras que toman el riesgo de mala praxis dentro de sus coberturas, por las altas cifras que este tipo de demandas acarrea, principalmente. No obstante existen algunas aseguradoras del mercado que se dedican a este rubro.

En una columna escrita por el Dr. Fabián Vítolo, Director de Relaciones Institucionales y Servicios Médicos de Noble Seguros, manifestó que las demandas por procedimientos estéticos representan el 16% de todos los reclamos quirúrgicos. El 60% de estas demandas se concentran en dos complicaciones: cicatrices claramente antiestéticas/queloides (43%) y complicaciones de implantes mamarios (25%). En el caso de las cicatrices, algunas pueden ser atribuidas a una mala técnica quirúrgica (impericia), pero la mayoría son la consecuencia de complicaciones hemorrágicas o infecciosas (no siempre atribuibles a una mala praxis). Las cicatrices hipertróficas y queloides, por su parte, son de aparición imprevisible y dependen mayormente de una predisposición genética.
En cuanto a los implantes mamarios, las demandas suelen originarse en encapsulamientos (el organismo reacciona a la prótesis como cuerpo extraño y la aísla formando una cápsula que trae deformidades y dolor). Otras veces, los reclamos sobrevienen por asimetrías producidas por una mala posición, deslizamiento o rotación de la prótesis. La tercera causa de demandas son complicaciones de procedimientos de lipoaspiración y lesiones iatrogénicas como perforación de tabique nasal o lesión del nervio facial en liftings.

Situación en Argentina

En un artículo publicado recientemente en el mes de Julio de 2023, podemos obtener algunas cifras de la situación que enfrenta nuestro país en relación a las demandas por mala praxis médica.
En Argentina, 1 de cada 4 médicos en el transcurso de su vida laboral recibió alguna demanda por mala praxis. Y por año, se inician demandas por 1.000 millones de pesos contra las obras sociales, los seguros y el Estado.
La problemática en lo que hace a los reclamos de mala praxis está vinculada con dos temas centrales, los cuales son: el aumento exponencial de la cantidad de reclamos iniciados tanto en mediación como por la vía judicial y los exorbitantes montos de condena que reciben los damnificados en caso de obtener un resultado favorable a su petición.
En relación al aumento de los reclamos, podemos decir que los juicios por responsabilidad profesional aumentaron en promedio el 20% en los últimos 5 años. Alrededor del 80% tramita en CABA y Provincia de Buenos Aires. El 80% corresponde al fuero civil y el 20% al penal.
En lo que hace al aumento de los montos de condena, los mismos se elevaron más del 500%.
Todos estos datos se desprenden de los registros de la empresa Seguros Médicos, del Observatorio de la cátedra libre de Derecho y Salud y del Observatorio de Bioética y Toma de Decisiones de la Facultad de Medicina de la Universidad de Buenos Aires (UBA).

La inseguridad jurídica que podemos observar en el rubro seguros en general, motivada por la falta de conocimiento de los jueces del funcionamiento de este sector en particular, dan lugar a sentencias exorbitantes que nada tienen que ver en muchos casos con lo realmente sucedido ni tampoco con la cobertura contratada. Las compañías de seguros en reiteradas ocasiones resultan condenadas por los jueces a abonar una indemnización sin respetar el límite de cobertura fijado en la póliza y por el cual el asegurado pagó la prima en cuestión, violando claramente lo establecido por la Ley de Seguros 17.418, la cual reza: «El asegurador responde sólo hasta el monto de la suma asegurada». Las cifras reclamadas por los abogados patrocinantes de las víctimas son en la mayoría de los casos excesivamente elevadas en relación a los daños sufridos.

La existencia en muchos casos de reclamos infundados por parte de pacientes no conformes con lo realizado, o lo que comúnmente llamamos «la industria del juicio», genera un gran perjuicio no sólo para los profesionales, las clínicas y las aseguradoras, sino también para el sistema de salud en general.
Esto lleva a muchos profesionales a ejercer la medicina de una manera defensiva, es decir, ejercer su profesión teniendo en mente que cualquier negligencia de su parte podría dar lugar a un reclamo por parte de los pacientes, lo que implicaría un desprestigio no sólo para su profesión sino también para la institución para la cual se desempeña. Esto desemboca en que muchos profesionales para cubrirse solicitan estudios innecesarios, en definitiva, la destrucción de la relación médico-paciente.

Dentro de las especialidades médicas con mayor cantidad de reclamos podemos destacar aquellos derivados de cirugías plásticas, medicina estética, traumatología y cirugía bariátrica, por tratarse principalmente de especialidades que generan grandes expectativas sobre el resultado, en los pacientes que se someten a ellas.