A través de la Resolución 389/2023, publicada en el Boletín Oficial del miércoles 23 de agosto, la Superintendencia de Seguros de la Nación resolvió crear el Registro Nacional de Contratos de Seguros de Personas Humanas (RENASEG), cuya base se nutrirá con la información brindada por las entidades de seguros en función de los contratos celebrados bajo las ramas Vida, Sepelio y Accidentes Personales.

Este registro tendrá por finalidad permitir a todo ciudadano consultar por sus seguros vigentes y brindar conocimiento de la existencia de contratos suscriptos por un fallecido, únicamente para las ramas previamente detalladas.

Para ello, se incorpora el punto 37.6.3. al Reglamento General de la Actividad Aseguradora:

37.6.3 – Respecto a las ramas Vida, Sepelio y Accidentes Personales, las entidades deben suministrar la información requerida en el ‘Manual de Microservicio’ a través del sistema ‘Registro Nacional de Contratos de Seguros de Personas Humanas (RENASEG)’.

La información debe presentarse dentro de las veinticuatro (24) horas de haberse efectuado la novedad.

El ´Manual de Microservicio’ donde se indican los campos y formato requerido obra disponible para su visualización en línea en la página web de la Superintendencia de Seguros de la Nación”.

Además, se sustituye el inciso b) del punto 25.1.1.1. del Reglamento General de la Actividad Aseguradora por el siguiente texto:

b. Nombres, CUIT, CUIL, DNI y domicilios de las partes contratantes. Cuando el Asegurado y el Tomador sean personas distintas, se consignarán los datos de ambos indicados en el punto anterior.”.

Y se sustituye los incisos e) y f) del punto 25.1.2.1. del Reglamento General de la Actividad Aseguradora por el siguiente texto:

e. Nombre, CUIT, CUIL, DNI y domicilio del Asegurado y/o Tomador consignado en la póliza colectiva.

f. Nombre, CUIT, CUIL, DNI del Asegurado individual.”.

La presente Resolución será de aplicación obligatoria en el plazo de sesenta (60) días corridos desde su entrada en vigencia, en el que deberá quedar regularizada la carga del “STOCK INICIAL”, el cual estará conformado por los contratos de seguros de Vida, Sepelio y Accidentes Personales vigentes a la entrada en vigor de la presente resolución.

La SSN considera que la creación del “Registro Nacional de Contratos de Seguros de Personas Humanas” (RENASEG) surge de la necesidad de reforzar la calidad de atención brindada a los ciudadanos. Este Registro brindará la posibilidad a todo ciudadano de consultar por sus contratos de seguros vigentes, correspondientes a las ramas Vida, Sepelio y Accidentes Personales.

Asimismo, tendrá por finalidad suministrar a los consultantes, la información en orden a la existencia de un Seguro de Vida, Sepelio y Accidentes Personales como así la entidad aseguradora, facilitando, de corresponder, a los posibles beneficiarios reclamar la prestación derivada del contrato.

A los fines de recabar la información vinculada a las pólizas en trata, las entidades aseguradoras involucradas deberán informar diariamente, a través de la remisión por medios electrónicos y en forma continua, las altas, bajas y modificaciones de los contratos de seguros correspondientes a las ramas Vida, Sepelio y Accidentes Personales.

Deberá consignarse obligatoriamente el Código Único de Identificación Laboral (CUIL), tanto en las Condiciones Particulares (Frente de Póliza) como en el Certificado Individual, a fin de identificar inequívocamente a la persona asegurada.

El RENASEG ha sido inscripto en el Registro Nacional de Bases de Datos Personales conforme lo dispone la Ley N° 25.326 – Habeas Data.

Texto completo de la Resolución 389/2023.