La Disposición DNRNPA N° 2/2022, que lleva la firma de la Directora Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios, María Eugenia Doro Urquiza, dispuso que las entidades aseguradoras -o sus productores de seguros- podrán solicitar acceso remoto y masivo a la base de datos del organismo para obtener información respecto de los datos de identificación de los vehículos registrados y de sus titulares, con excepción de aquellos vinculados con medidas cautelares o gravámenes, a través de la plataforma informática de Tramites a Distancia (TAD) de acuerdo con las instrucciones que imparta el Sistema en cuanto a la identificación del peticionario y/o sus representantes.
Junto con la solicitud, deberá presentarse la documentación que acredite la calidad de entidad aseguradora o de productor de seguros del peticionante.
La petición implicará un compromiso de confidencialidad respecto del uso de los datos proporcionados por la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios, en los términos de la Ley N° 25.326, que regula la protección integral de los datos personales a los cuales se autoriza el acceso.
La disposición ya está en vigencia desde el día de su dictado, el pasado 5 de enero 2022, y sustituye la Disposición DNRNPA 136/2019, que establecía que esa información podía ser suministrada solo a individuos o empresas que fueran usuarios registrados de un Servicio Web denominado “RESO55_2019”.