A tan solo 25 años de vigencia de la Ley N° 24.557, desde la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) ratifican el compromiso de continuar impulsando políticas públicas que preserven la salud y seguridad de los trabajadores y trabajadoras del país.
Desde la puesta en funcionamiento de la Ley, que creó las condiciones para el surgimiento del Sistema de Riesgos del Trabajo en Argentina, la SRT como organismo de control y regulación, tiene como eje fundamental garantizar el cumplimiento del derecho a la salud y seguridad de las y los trabajadores en su ámbito laboral.
Bajo esta premisa, el sistema de riesgos del trabajo como componente del sistema de seguridad social incorporó criterios de organización centrados en tres propósitos: la prevención de los riesgos laborales, la reparación de los daños, recalificación y/o reubicación ocasionados por el trabajo y promover el diálogo social tripartito entre los actores que lo componen para propiciar mejoras en las medidas preventivas.
Las políticas y sus consecuentes acciones de prevención fueron monitoreadas por el Estado a través de la SRT mediante programas de fiscalización, a fin de verificar el efectivo cumplimiento de los empleadores sobre la normativa en materia de salud y seguridad y controlar las acciones de seguimiento y asesoramiento que las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART) deben realizar.
Ello se refleja en el índice de incidencia global que pasó de 84,3 trabajadores accidentados cada mil trabajadores cubiertos en 1996 a 37 trabajadores accidentados cada mil trabajadores cubiertos para 2020. Esto representa una disminución del 56%.
Si se excluyen los accidentes in itinere, el índice de incidencia sólo para accidentes de trabajo (AT) y enfermedades profesionales (EP) pasó de 82,2 a 26 cada mil trabajadores cubiertos entre los mismos períodos, es decir, un 68,3% menos. Aún queda mucho por hacer respecto de los accidentes in itinere que crecieron de manera exponencial durante el período de pandemia, lo que obliga a repensar estrategias de manera transversal, abarcando la temática desde diferentes áreas del Estado.
La irrupción de la pandemia desatada por el covid-19, exigió al Estado respuestas y acciones inmediatas en el campo de la salud y la seguridad laboral, lo que impulsó que el presidente, Alberto Fernández, firmara el Decreto Nº 367/20, que declaró al covid-19 como enfermedad profesional no listada, para proteger a las y los trabajadores que debían continuar sus laborales de manera presencial.
Dada la necesidad de la reapertura de las actividades económicas para reactivar la economía y producto del trabajo conjunto entre los representantes sindicales de las diferentes actividades, empleadores, los Ministerios nacionales y provinciales, la SRT y las ART, y en consulta permanente con el Ministerio de Salud de la Nación, se elaboraron al día de hoy 74 protocolos para diferentes actividades económicas, las cuales desarrollan sus tareas bajo estrictas medidas de prevención y seguridad.
Transitados los 25 años logramos diseñar e implementar mejoras en las condiciones de salud y seguridad, generar una previsibilidad del sistema con la disminución de la litigiosidad laboral, aplicar tecnología de punta que permita iniciar trámites de manera virtual para garantizar el servicio del organismo y duplicar la cantidad de sedes en el término de 5 años pasando de 35 a 80. Pero aún debemos seguir disminuyendo los índices de siniestralidad laboral, incorporar a nuevos colectivos aún no cubiertos y mejorar la calidad de las prestaciones dinerarias y en especie para brindar una justa reparación.