Se deroga la Resolución SSN N° 401/ 2020
Por medio de la Resolución 124/2024, publicada en el Boletín Oficial el viernes 15 de marzo 2024, la Superintendencia de Seguros de la Nación derogó la Resolución SSN N° 401/2020 (RESOL-2020-401-APN-SSN#MEC), que establecía cláusulas generales y uniformes para los contratos celebrados en moneda extranjera.
De acuerdo con las modificaciones del Código Civil y Comercial de la Nación y con el objetivo de brindar certeza y claridad al sector, la SSN aprobó las “Pautas Mínimas para los Contratos de Seguro Celebrados en Moneda Extranjera”.
De esta forma, las entidades aseguradoras que pretendan comercializar seguros en moneda extranjera podrán presentar sus respectivas cláusulas según estos lineamientos.
Resolución 124/2024
El artículo 7° establece que, a efectos de comercializar seguros en moneda extranjera, las entidades deberán acompañar, en una única presentación ante la SSN, el texto de la cláusula a utilizar, la cual resultará aplicable a todos los planes de seguro con los que opere.
Mientras que el artículo 8° establece que, en orden a la procedencia de su autorización automática, la cláusula prevista en el Artículo 7° deberá ajustarse a las Pautas Mínimas aprobadas en virtud de la presente, a la vez que estar acompañada de una opinión letrada suscripta por un profesional sin relación de dependencia con la entidad presentante.
Además de compatibilizar la normativa en cuestión, la Resolución 124/2024 tiene por objeto agilizar los procedimientos aplicables a las tramitaciones de las entidades ante el Organismo y, al mismo tiempo, brindar certeza y claridad a un sector que necesita estabilización y crecimiento.