En línea con la época en la que estamos, considerada temporada alta para el turismo, analizamos los productos que el mercado asegurador tiene para ofrecer a esa industria. ¿Cuáles son los seguros disponibles para hotelería y gastronomía, agencias, turistas, turismo aventura y rural, y actividades «extremas» como rapel, canopy, y otras? ¿Cuáles son las coberturas obligatorias?
Escribe Lic. Aníbal Cejas
Los seguros para el sector turístico han tenido un gran avance en los últimos años: han incorporado nuevas coberturas.
Para conocer más sobre la oferta de coberturas para el sector turístico, dialogamos con Santiago Di Lorenzo, Auxiliar Superior de Riesgos No Automáticos y Ricardo Penna, Jefe de Dpto. Seguros de Personas, ambos de Federación Patronal; Ariel Gibaja, Head de Health & Wealth, y Daniela Beliera, Broking Leader, desde Aon Argentina; Esteban Clemente, PAS socio de Gerbaudi & Clemente Asesores; y Carlos Musso, Gerente Comercial de SyC Broker de Seguros.
En primer lugar, consultamos por los seguros para empresas del sector turístico, como agencias de viajes, de pasajes, entre otras.
En este sentido, Santiago Di Lorenzo puntualizó: «El abanico de coberturas que pueden verse involucradas en el desarrollo de tales actividades, abarca entre las más destacadas a: Caución, Responsabilidad Civil Comprensiva derivada del ejercicio de su actividad, Responsabilidad Civil por el uso de embarcaciones, Incendio, Integral de comercio, Todo Riesgo Operativo y Accidentes Personales».
Más adelante, Ricardo Penna añadió: «Salud Viajeros -de Federación Patronal– tiene una cobertura diseñada específicamente para quienes desean contar con una protección para su salud, especialmente en los momentos que se encuentran de viaje por trabajo u ocio. Además, incluye un completo servicio de asistencia en viajes, cuyo ámbito y amplitud puede adaptarse a cada necesidad».
Los siguientes en tomar la palabra fueron Ariel Gibaja, Head de Health & Wealth, y Daniela Beliera, Broking Leader, desde Aon. El dúo brindó una serie de recomendaciones a considerar al momento de pensar en coberturas para turistas. En primer lugar, sugirieron tener en cuenta un Seguro de Accidentes Personales que comprenda todos los riesgos asociados a la probabilidad de fallecimiento o incapacidad a causa de un accidente.
Y continuaron: «Recomendamos incorporar una cobertura amplia de reintegro de gastos médicos y farmacéuticos que puede ser indemnizatoria o prestacional. Cuando se trata de productos indemnizatorios, lo más importante es lograr obtener del mercado productos con la menor franquicia posible y el mayor límite máximo.
Otro tema es dejar sin efecto el cúmulo por evento, ya que en general se trata de contingentes que efectúan viajes terrestres, aéreos o marítimos en un mismo transporte.
También es clave revisar las exclusiones de cada contrato, para garantizar al cliente una cobertura amplia que se ajuste con las actividades y destinos que contrate cada contingente de turistas.
Finalmente, hay que revisar con cada cliente qué otros servicios tiene contratado, qué seguro tienen los alojamientos o servicios subcontratados para analizar si son suficientes y, en conjunto, determinar cuál sería la suma asegurada recomendable como así también la moneda de contratación. Los seguros de las empresas de transporte a veces son limitados y ante el reclamo de un pasajero, los montos pueden ser superiores a los límites que tiene cada póliza contratada por cada entidad».
Por otro lado, para los viajeros particulares, remarcaron la importancia de contratar una buena cobertura de asistencia al viajero con operadores con trayectoria y amplia red global, focalizando en los límites a considerar.
Los especialistas finalizaron repasando las coberturas clave que las agencias deberían considerar:
• «Seguro obligatorio de Responsabilidad Civil en las unidades que utilicen para el transporte de pasajeros (si es que lo hicieran).
• Seguro Responsabilidad Civil Operaciones por la actividad que desarrollan, deberán declarar todas las excursiones, travesías y traslados posibles durante la vigencia.
• Seguro de Caución por el cumplimiento de obligaciones contractuales de la agencia o entidad.
• Seguro de AP para Viajeros: brinda cobertura a los turistas en caso de accidente durante su estadía en el país.
• ART para sus empleados.
• Cobertura de Directores y Gerentes.
• Cobertura de Errores y Omisiones Profesionales.
• En caso de poseer Edificios para el desarrollo de la actividad, cobertura de Integral de Comercio o Todo Riesgo Operativo».
Santiago Di Lorenzo, Auxiliar Superior de Riesgos No Automáticos y Ricardo Penna, Jefe de Dpto. Seguros de Personas, ambos de Federación Patronal Seguros; y Esteban Clemente, PAS socio de Gerbaudi & Clemente Asesores.
A continuación, tomó la palabra Esteban Clemente, PAS socio de Gerbaudi & Clemente Asesores, radicado en la ciudad de San Carlos de Bariloche. Sobre el tema, comentó: «En los últimos años, muchos aseguradores han incorporado productos específicos y se han extendido incluso hacia actividades que otrora fueron grandes tabúes, como escalada, rapel, canopy, esquí, rafting, kitesurf, mountain bike, cabalgatas, etc. Esos riesgos estaban reservados a grandes clientes, casi siempre facultativos y sujetos al acompañamiento comercial de las gerencias al productor.
Hoy contamos, tanto a nivel de las Agencias de Turismo como de los prestadores de servicios turísticos -guías, instructores, establecimientos recreativos, rentadoras-, con coberturas de Responsabilidad Civil y Accidentes Personales adaptadas específicamente a la actividad turística, con límites de suscripción y sumas aseguradas aceptables, y a costos razonables».
Y agregó: «Todo prestador de servicios turísticos tiene disponible la cobertura de Responsabilidad Civil Comprensiva para su actividad -alquiler de botes, cabalgatas, guías de pesca, paseos embarcados, turismo de aventura, etc.-, más allá de la propia Agencia de Turismo, y por otro lado, un seguro de Accidentes Personales para los turistas, incluyendo muerte, invalidez permanente y gastos médicos y farmacéuticos, que generalmente se adquiere por módulos que incluyen una cantidad de cápitas/día de cobertura (pre-compra) a ser utilizada durante la vigencia y nómina a declarar».
La ronda cerró con Carlos Musso, quien compartió: «En los seguros que suelen utilizarse en agencias de viajes y referidos a contingentes, se contempla una Póliza de Caución para el fondo de garantías, Accidentes Personales para el contingente, Seguro de Transporte de pasajeros en caso de utilizar movilidad propia, como también Integral de Comercio para el local comercial, entre los más importantes».
Además, hizo una breve referencia al DNU 70/2023 del nuevo gobierno argentino. Sobre ello, comentó que la medida propone flexibilizar el registro de las agencias de viajes, pero no modificar los seguros requeridos para operar.
Ariel Gibaja, Head de Health & Wealth, y Daniela Beliera, Broking Leader, desde Aon Argentina; y Carlos Musso, Gerente Comercial de SyC Broker de Seguros.
Hotelería y gastronomía
En la misma línea, los especialistas se refirieron a los seguros para hoteles, restaurantes y actividades relacionadas.
Clemente comentó: «Los aseguradores desarrollaron productos y cotizadores específicos que varían sus coberturas en función de las categorías, tipos de establecimientos y servicios adicionales que los mismos brindan -juegos infantiles, espectáculos en vivo, etc.-. Hoy cuentan inclusive con seguros para patios de comidas y foodtrucks, cubriendo así riesgos inimaginables en pólizas de hace pocos años atrás».
Continuó Di Lorenzo, quien explicó: «Al ser actividades que, por sus características, se desarrollan dentro de un inmueble, es de destacar la importancia de contar con coberturas adecuadas para proteger dicho patrimonio (edificaciones, instalaciones, equipos y demás bienes). Los productos más adecuados son el Integral de Comercio y el Todo Riesgo Operativo.
No menos importante es el patrimonio del asegurado, que va más allá del propio inmueble y que puede ser amparado con una cobertura de Responsabilidad Civil Comprensiva con ampliaciones y coberturas adicionales relacionadas (Suministro de Alimentos, Letreros y objetos afines, Calderas, Ascensores y Montacargas, Bienes de terceros bajo control y custodia, Guarda de Vehículos, entre otras)».
Penna sumó: «A los hoteles y restaurantes les caben todas las coberturas de seguro de vida en el que se destaca, además del seguro de Vida Colectivo por Ley de Contrato de Trabajo, la cobertura específica establecida por el Convenio Gastronómico y Hoteleros de la República Argentina (UTHGRA), conforme los CCT N°389/04-401/05-397/04-362/03 479/06».
Por su parte, Musso aseguró que el mercado ofrece una gama de productos para atender a todas las obligaciones y necesidades que requiere la actividad. Entre dichos productos, enlistó la cobertura de Riesgos del Trabajo, el Seguro Obligatorio Convenio Mercantil para el personal en relación de dependencia, Integral de Comercio sobre el local, Responsabilidad Civil Comprensiva y Cauciones de Alquiler en caso de requerir una garantía para su contrato. Este conjunto de productos ofrecería una protección integral que permitiría garantizar la continuidad del negocio frente a cualquier eventualidad.
A estas opciones, desde Aon sumaron Todo Riesgo Operativo para las estructuras edilicias, ART para el personal, AP para turistas y Comensales, D&O / E&O destinados a cubrir gastos legales, y el Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil para los automóviles propiedad de las firmas.
Turismo Rural
Continuamos con las coberturas específicas para los establecimientos de turismo rural.
Beliera y Gibaja consideraron que los seguros son los mismos que para el turismo general, pero incluyendo en el seguro de Responsabilidad Civil Operaciones el adicional de Estampida de Animales, por ser una actividad desarrollada en ámbitos rurales.
Por su parte, desde Federación Patronal compartieron: «El seguro de Accidentes Personales para el Turismo Rural contempla las coberturas de muerte accidental, invalidez total y/o parcial permanente y se puede incluir la cobertura de asistencia médico-farmacéutica sin franquicia».
En ese sentido, se refirieron también al Seguro de Accidentes Personales para Turismo Alternativo: «Se trata de un producto especialmente diseñado para cubrir aquellas personas -físicas o jurídicas- que se dediquen a organizar excursiones o actividades turísticas con coberturas de accidentes personales».
Y continuaron: «A su vez, el Turismo Rural expone patrimonialmente al asegurado en ambos sentidos, siendo de aplicación los mismos tipos de coberturas antes mencionados.
En RC, se pueden incorporar ampliaciones adicionales como Animales Domésticos, Estampida o Escape de Animales fuera del predio, y Actividades de Turismo Alternativo. En esta última se consideran las cabalgatas, trekking, pesca, paseos en carruajes, entre otras».
Musso se mostró de acuerdo con sus colegas y aseguró que estas coberturas específicas son muy similares a las coberturas generales en su funcionamiento.
«Por el entorno pueden incluirse coberturas de accidentes personales para senderismo, trekking y la utilización de animales como caballos para recorridos cortos y en caminos transitables», agregó.
Por último intervino Clemente, quien comentó: «Los productos disponibles para turismo rural y establecimientos de alquiler turístico son muy amplios y muchos aseguradores han adaptado su producto integral de comercio a estos rubros. Incluso tienen cotizadores específicos y la posibilidad de ampliar la cobertura a riesgos concretos.
La oferta es tan variada como operadores hay en el mercado. Encontramos cotizadores específicos que incorporan o quitan riesgos, límites de suma asegurada o sublímites aplicados a determinadas coberturas que varían, todo de acuerdo a la categoría de los establecimientos.
Esta variedad nos permite ofrecer coberturas a la medida de las necesidades de cada asegurable, pero exige que el Productor Asesor tenga conocimiento de cada actividad y sus riesgos. Debe analizar minuciosamente los alcances, limitaciones y exclusiones de cada cobertura ofrecida, advirtiendo además al asegurado de las cargas impuestas.
La industria turística es muy grande e intervienen muchos actores en la prestación de servicios, por lo que representa una excelente oportunidad de negocios para los productores asesores de seguros que se especialicen en la materia», concluyó.
Obligaciones
En base a lo anterior, indagamos en las obligaciones que establece la Secretaría de Turismo para los operadores de seguros.
Di Lorenzo explicó: «La autoridad de aplicación ha regulado la actividad de Agencias de Turismo en sus distintas tipologías (Turismo general y estudiantil), citando por ejemplo la Ley 25.599 Ley de Turismo Estudiantil y sus modificatorias, como así también la Resolución 23/2014 o Reglamento de Turismo Estudiantil.
En dichas normativas se establecen las obligatoriedades impuestas en materia de seguros, específicamente citando el Título II, Capítulos II y III donde se mencionan las coberturas de Caución, Responsabilidad Civil y Accidentes Personales.
En Responsabilidad Civil, las pautas mínimas de cobertura contemplan que los riesgos mínimos a cubrir serán: I- Responsabilidad Civil Básica; II- Incendio, rayo, explosión, descarga eléctrica, escape de gas; III- Suministro de alimentos; y IV- Responsabilidad Civil en transporte de vehículos de terceros, en excedente de las pólizas con que obligatoriamente deberán contar las unidades de transporte.
Por su parte, en Caución, podemos mencionar el Seguro de Caución para agencias de turismo y Seguro de Caución para turismo estudiantil».
A su vez, Clemente destacó: «En las jurisdicciones de la Administración de Parques Nacionales, la prestación de servicios turísticos debe contar con la habilitación del organismo. La misma exige en su reglamentación un seguro de Responsabilidad Civil con cláusulas de no repetición, no anulación e incluyendo tanto al ente como al coasegurado. También, pide cobertura de Accidentes Personales tanto para los prestadores de servicios y permisionarios como para los usuarios -turistas-, estableciendo además las coberturas y sumas aseguradas mínimas de acuerdo a las actividades a desarrollar.
En el mismo sentido, para los campings, establecimientos de turismo rural, permisionarios de muelles y otras instalaciones propiedad de Parques Nacionales se les exige, además de las coberturas mencionadas, seguro de incendio sobre las construcciones».
Finalmente, Musso resumió los productos obligatorios principales en tres: Responsabilidad Civil Comprensiva, Caución por el 30% del valor del viaje contratado por el contingente y Seguros de Accidentes Personales para cada turista que contrate y viaje con la agencia.
Además, reflexionó: «Sería interesante que todo esto se controle. Principalmente en Agencia de Turismo, vemos que ofrecen paquetes a costos bajos y no cumplen con los requisitos mínimos que exige la Secretaría de Turismo. Por eso recomendamos siempre que, antes de contratar un viaje, hospedaje, etc., exijan estos requisitos si quieren evitar problemas».
Turismo Aventura
Ya hacia el final, indagamos sobre las actividades que se encuentran contempladas en la cobertura de Turismo Aventura.
Musso afirmó: «Usualmente se cubren todas las actividades recreativas en entornos supervisados, excluyendo los inhóspitos e inexplorados, como así también actividades de deportes extremos.
Las más practicadas y cubiertas por las compañías podrían ser Cabalgatas, Tirolesa, Ciclismo, Equitación, Rural Bike, Maratones, Excursiones, Esquí en pistas habilitadas».
Por su parte, desde Federación Patronal especificaron: «Nuestra cobertura ampara los accidentes que sufran los turistas declarados por el contratante desde el inicio hasta la finalización de las excursiones. Dentro de ese período se incluyen caminatas, campamentos, escalada, cabalgatas, rafting, rapel, tirolesa, espeleología, travesías en cuatro por cuatro, paseos y bicicleta de montaña, entre otras».
Además, detallaron algunas condiciones de contrato: «Con relación al riesgo de Responsabilidad Civil, cuando la actividad del asegurado contemple disponer al servicio de los turistas (terceros amparados por la cobertura) otras actividades especiales, es importante que las mismas se vean reflejadas dentro de los alcances de la cobertura. Expresamente se extiende a cubrir la Responsabilidad Civil emergente de las actividades desarrolladas por el Asegurado de turismo alternativo y/o turismo aventura que se detallan en las Condiciones Particulares.
Las medidas de seguridad que el Asegurado deberá adoptar para cada actividad de turismo aventura o turismo alternativo son las exigidas por la autoridad u organismo competente según la jurisdicción y/o el tipo de actividad. Además, deberá atender a las medidas de seguridad que se indiquen para casos específicos en las Condiciones Particulares, como por ejemplo la presencia de guías especializados y límites en altura para trekking, escalada y actividades similares».