Así quedó establecido por la Disposición 1/2023 de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT), que aprueba el “Procedimiento de Control de los Programas de Seguridad para las Obras en Construcción Presentados en Forma Remota”.
Además, la nueva norma establece que las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART) / ART Mutuales “podrán desarrollar y mantener aplicaciones informáticas para que los empleadores alcanzados por su cobertura puedan ingresar y completar, con carácter de Declaración Jurada, los Programas de Seguridad para las obras en construcción en forma remota”.
Para que las constancias del programa de seguridad sean válidas, las aplicaciones informáticas deberán garantizar la seguridad e integridad de los datos consignados y mantener un adecuado mecanismo para la identificación y autenticidad de los usuarios que registren la información. Por esta razón, deberán contar con fecha y detalle de las acciones realizadas en cada oportunidad, información que deberá ser puesta a disposición de la SRT en caso de ser requerida.
Una vez que reciben los programas de seguridad por parte de los empleadores, las ART o ART Mutual emiten a éstos una constancia de recepción vía ventanilla electrónica, donde figurará el número de aviso de obra designado, domicilio de la obra, cantidad de folios que lo componen, fecha y firma digitalizada o autenticación del profesional responsable de verificar los programas de seguridad de la ART.
En caso de rechazo del programa de seguridad presentado por el empleador, la aseguradora debe explicitar a éste por el mismo medio las razones por las cuales se dictamina la negativa, solicitando la información faltante. Por el contrario, si se aprueba, se emitirá la constancia con los datos como la fecha de aprobación, Resolución de la SRT por la cual se aprobó el plan de seguridad pertinente, índice de folios y firma digitalizada o autenticación del profesional responsable de la verificación del programa de seguridad y establecido el plan de visitas.
La medida está en línea con una política de digitalización de los trámites que la SRT viene llevando adelante desde hace tiempo. Diversas normas reglamentaron ya la digitalización de la información solicitada en el formulario “Constancia de Entrega de Ropa de Trabajo y Elementos de Protección Personal”; de las constancias de capacitación brindada a los trabajadores y constancias de asesoramiento y asistencia técnica brindada a los empleadores afiliados, entre otros trámites.
Además, constituye un paso más en la dirección ya expresada en el Libro Blanco de la Tecnología Digital en la Prevención de Riesgos del Trabajo, elaborado por la SRT. El texto, que fue presentado en septiembre del pasado año durante la jornada “Estrategias y Reflexiones sobre la Prevención de la Salud y Seguridad en el Trabajo”, que congregó a funcionarios, cámaras empresarias, sindicatos y organismos, impulsa la adopción de la tecnología 4.0 en materia de prevención de riesgos laborales. Esto implica la implementación de enfoques innovadores en cuestiones regulatorias y de carga de datos, con el acento puesto en la consulta, coordinación, comunicación y cooperación entre los distintos actores.
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