A través de la Disposición 1/2023 -DI-2023-1-APN-GP#SRT- publicada el martes 24 de octubre 2023 en el Boletín Oficial, la Gerencia de Prevención de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) aprobó el “Procedimiento de Control de los Programas de Seguridad para las Obras en Construcción presentados en Forma Remota”, desarrollado en el Anexo que acompaña esta información.
Dicho Programa establece que las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (A.R.T.) / A.R.T. Mutuales podrán desarrollar y mantener aplicaciones informáticas para que los empleadores alcanzados por su cobertura puedan ingresar y completar, con carácter de Declaración Jurada, los Programas de Seguridad para las obras en construcción en forma remota, sujetando su control al procedimiento aprobado en el artículo 1° de la presente disposición, debiendo en tal caso, las aplicaciones informáticas, contar con fecha y detalle de las acciones realizadas en cada oportunidad, información que deberá ser puesta a disposición de la SRT en caso de ser requerida.
Por otra parte, la Gerencia de Prevención establece que, a los efectos de que las constancias del Programa de Seguridad se tengan por válidas, las aplicaciones informáticas deberán garantizar la seguridad e integridad de los datos consignados y mantener un adecuado mecanismo para la identificación y autenticidad de los usuarios que registren la información.
Por último, la presente disposición entrará en vigencia a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial.
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